Decreto 12912/48
Buenos Aires, 4 MAY 1948
Visto el decreto N° 8.104 del 18 de marzo de 1948 por el que se declara incorporada al Estado Nacional la Empresa Mixta Telefónica Argentina, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido en ej. citado decreto procede el rescate de las acciones del Capital no estatal, así como también de los debentures emitidos por dicha Empresa;
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Llámase a rescate a los precios y para las fechas que se indican a continuación y a partir de las cuales dejarán de devengar intereses, los siguientes valores emitidos por la ex-Empresa Mixta Telefónica Argentina:
Para el 15 de mayo de 1948 las acciones del capital no estatal al precio de 102% (CIENTO DOS POR CIENTO) más el dividendo corrido de 4% (CUATRO POR CIENTO) anual asegurado hasta el día del reembolso.
Para el 15 de agosto de 1948 los debentures al precio de 101,50 % (CIENTO UNO CON CINCUENTA POR CIENTO), más los intereses corridos.
ARTICULO 2°.- El BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA tomará las disposiciones necesarias para el cumplimiento del presente decreto.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO NACIONAL y archívese.