PRESUPUESTO DE MAXIMA DE Y.P.F. CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 1938.

Decreto N° 126.218

Ministerios de Hacienda y de Agricultura de la Nación.

Febrero 18 de 1938.

Visto el expediente (M.A. N° 12.846-1937), en el que la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales solicita la aprobación de su presupuesto de gastos para el año en curso, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N°12.360 prorroga para el corriente año los presupuestos de las Reparticiones autárquicas del año 1937, aprobados por la Ley N°12.345.

Que el artículo 196 de la Ley N° 12.345 prorrogada por la Ley N°12.360, autoriza al Poder Ejecutivo a distribuir los recursos efectivos del año de la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales, hasta un máximo de $ 125.000.000 m/n, de acuerdo con los coeficientes de máxima y mínima que en ese articulo se determinan.

Que la disposición aludida que autoriza un presupuesto de gastos móviles, dentro de coeficientes de máxima y mínima, en función directa con las recaudaciones efectivas del año, ha permitido a esa Dirección desarrollar normalmente el plan industrial a su cargo, sin los inconvenientes que para un organismo comercial significa la limitación de las autorizaciones de gastos.

Que sobre la base de la recaudación efectiva de 1937, y de acuerdo con el plan de producción, aprobado por el Directorio la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales estima en $ 140.000.000 m/n el total de los recursos a realizar en el año 1938.

Que este aumento en la recaudación ya previsto en el proyecto de presupuesto para 1938 remitido a la consideración del Honorable Congreso en el mes de mayo ppdo., origina un aumento correlativo en las distintas partidas de gastos del presupuesto de esa Repartición.

Que la planta permanente de personal aprobada por el Honorable Congreso, debe ser modificada asimismo en forma que permita la incorporación de los cargos que exige el funcionamiento de la nueva destilería en San Lorenzo (Santa Fe) y el buque-tanque "San Jorge".

Que el plan de venta a que se hace referencia en los considerandos anteriores, debe ser cumplido por la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales con el objeto de poder abastecer las necesidades del mercado interno y cubrir la cuota asignada a esa Dirección en los convenios celebrados con las compañías distribuidoras de combustibles, aprobados oportunamente por el Poder Ejecutivo.

Que por las razones expuestas el Poder Ejecutivo estima necesario aprobar el presupuesto de máxima presentado por esa Dirección, el que deberá incluirse en el presupuesto ajustado que se remitirá al Honorable Congreso en el mes de Mayo próximo.

EL PRESIDENTE DE LA NAC ION ARGENTINA,

DECRETA:

Artículo 1° — Fíjase en la suma de ciento cuarenta millones de pesos moneda nacional ($ 140.000.000 m/n.) el presupuesto de máxima de la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales para el año 1938 de acuerdo con el siguiente resumen, cuyo detalle figura en planillas anexas:

Concepto

Coeficiente

Importe

$ m/n

Sueldos

7,917

11.084.101,60

Jornales

10.502

14.701.759,00

Gastos Generales.

43,732

61.223.497,61

Materiales y Obras

27,679

38.752.393,59

Imprevistos

2,428

3.400.000,00

Servicios financieros (Amortización de letras)

3,500

4.900.000,00

Total

$ 95,758

$ 134.061.751,86

Aporte a Rentas Generales

2,500

3.500.000,00

Superávit

1,742

2.438.248,14

TOTALES

$100,00

$ 140.000.000,00

Art. — Los gastos de máxima autorizados por el artículo anterior serán distribuidos en la siguiente forma:

Concepto

Coeficiente

Importe

$ m/n

1) Presupuesto de Explotación

70,43

98.604.406,50

Sueldos

6,95

9.726.401,78

Jornales

8,50

11.906.474,97

Gastos Generales

41,74

58.430.416,16

Materiales

13,24

18.541.113,59

II) Presupuesto de exploración.

8,14

11.398.081,36

Sueldos

0,85

1.191.799,82

Jornales

1,36

1.899.964,09

Gastos Generales

2,00

2.793.081,45

Materiales

3,93

5.513.176,00

III) Presupuesto de Obras

11,26

15.759.324,00

Sueldos

0,12

165.900,00

Jornales

0,64

895.320,00

Materiales

10,50

14.698.104,00

IV) Imprevistos

2,43

3.400.000,00

Servicios Financieros

3,50

4.900.000,00

VI) Aporte a Rentas Generales

2,50

3.500.000,00

VII) Superávit

1,74

2.438.248,14

Total

$ 100,00

$ 140.000.000,00

Art. 3° — Estímase en ciento cuarenta millones de pesos moneda nacional ($ 140.000.000 m/n), el cálculo de recursos de máxima de la Dirección General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales para el año 1938, de acuerdo con el siguiente resumen, cuyo detalle figura en planillas anexas:

 

$ m/n

Venta de Productos

137.258.326

Producido de la Flota

1.200.000

Recaudaciones Varias

1.241.674

Intereses de Títulos

300.000

Total

$ 140.000.000

Art. — Las inversiones del ejercicio 1938 se ajustarán a las recaudaciones efectivas del año, dentro de los coeficientes de mínima aprobados por la Ley N°12.345, prorrogada para el corriente año por la Ley N°12.360 y los de máxima autorizados por el presente decreto.

Art. 5° — El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y de Agricultura.

Art. — Comuníquese, publíquese, etc.

JUSTO. - M.A. CÁRCANO. - CARLOS A. ACEVEDO.

CALCULO DE RECURSOS

 

$ m/n

VENTA DE PRODUCTOS

$ 137.258.326

Aeronafta

520.000

Nafta

81.540.000

Nafta industrial "A"

585.000

Nafta industrial "B"

31.200

Solventes "A" y "B"

12.000

Aguarrases

132.000

Desnaturalizante

60.000

Kerosene

7.700,000

Insecticida

360.000

Agricol

5.600.000

Lubricantes

14.547.000

Supergás

1.800.000

Grasas

480.000

Parafinas

208.400

Asfasoles

1.042.500

Asfaliques

796.500

Tracames

179.373

Bitalco

45.000

Gasoil

1.460.121

Diesel-oil

3.919.230

Fuel-oil

22.240.000

Total

$ 143.258.326

A deducir:

Entrega de productos a Reparticiones Nacionales de acuerdo con lo dispuesto por Decreto Reglamentario de la Ley N°12.161 $ 6.000.000
PRODUCIDO DE LA FLOTA $ 1.200.000
Transporte de productos por cuenta de particulares 1.120.00
Cargas y pasajes 80.000
RECAUDACIONES VARIAS $ 1.241.674
Comodoro Rivadavia 516.740
Salta 21.000
Plaza Huincul 111.170
La Plata 26.100
Dirección General incluso excedente que se transfiere a ejercicios vencidos y comisiones por venta de artefactos de supergás $ 566.664
INTERESES DE TITULOS $ 300.000
TOTAL: 140.000.000

RESUMEN DE GASTOS

  Importe $ m/n
INCISO 1°- SUELDOS

(1) 11.084.101,60

Dirección General

6.582.727,20

La Plata

832.842,00

San Lorenzo

167.140,80

Comodoro Rivadavia

2.089.005,60

Plaza Huincul

516.622,80

Salta

513.315,60

Mendoza

282.447,60

Horas extraordinarias

100.000,00

INCISO 2°. - JORNALES

14.701.759,06

Dirección General

1.967.221,96

La Plata

2.026.129 20

San Lorenzo. ..

361.166,40

Comodoro Rivadavia

6.982.019,00

Plaza Huincul

1.204.910,24

Salta

1.579.693,76

Mendoza

580.618,50

INCISO 3° GASTOS GENERALES

61.223.497,61

Gastos de explotación industrial y comercial

19.585.355,41

Primas al personal

$ 1.020.000,00

Regalías y derechos de explotación

1.211.815,00

Contribuciones

279.279,60

Gastos financieros

1.818.133,00

Gastos de distribución y ventas

35.154.914,60

Consignaciones

1.90400000

Compra de Productos

250.000,00

INCISO 4° - MATERIALES Y OBRAS POR CONTRATO

$ 38.752.393,59

Dirección General

11.275.507,78

La Plata

5.471.792,00

San Lorenzo

203.228,00

Comodoro Rivadavia

15.528.980,00

Plaza Huincul

946.395,61

Salta

3.518.018,60

Mendoza

1.808.471,60

INCISO 5° - IMPREVISTOS

$ 3.400.000,00

INCISO 6°- AMORTIZACION LETRAS DE TESORERIA

$ 4.900.000,00

INCISO 7° - APORTE A RENTAS GENERALES

$ 3.500.000,00

SUPERAVIT

2.438.248,14

TOTAL:

$ 140.000.000,00