Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

PRESUPUESTO

Resolución 1132/97

Apruébanse el Plan de Acción y el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1.997 de Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires Sociedad Anónima (en liquidación).

Bs. As., 8/10/97.

B. O.: 15/10/97.

VISTO el Expediente N° 080-005305/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS por el cual se tramita la modificación del Plan de Acción y del Presupuesto correspondiente al ejercicio 1.997 de SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) que fuera aprobado por la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 111 del 23 de enero de 1.997 y modificado por su similar N° 710 del 20 de junio de 1.997, y la Decisión Administrativa N° 371 del 30 de junio de 1.997, y

CONSIDERANDO:

Que el presupuesto y la modificación presupuestaria aprobados por las Resoluciones citadas en el VISTO han contemplado las partidas necesarias para el desenvolvimiento operativo de SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) durarle el primer semestre de 1.997.

Que la Decisión Administrativa N° 371 del 30 de junio de 1.997 extendió hasta el 31 de diciembre de 1.997 el plazo establecido por el artículo 25 de la Ley N° 24.764 a distintos entes en liquidación enunciadas en el listado que como ANEXO I forma parte integrante de dicho dispositivo, entre los cuales se encuentra SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación).

Que en consecuencia, es necesario proveer lo conducente al desenvolvimiento operativo de dicho ente en liquidación, ampliando el presupuesto para el segundo semestre de 1.997.

Que en tal sentido, con el objeto de agilizar el desarrollo del proceso liquidatorio. resulta conveniente una modificación presupuestaria que contemple los recursos y los gastos de SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) que le permita seguir operando hasta la finalización de la liquidación evitando de esta forma recurrir al TESORO NACIONAL.

Que por ello, resulta adecuado modificar el Plan de Acción y Presupuesto de SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) contemplando el segundo semestre del ejercicio presupuestario 1.997.

Que obra en las actuaciones el dictamen favorable de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades que emergen de los Artículos 49 y 52 de la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL y del Decreto Reglamentario N° 1361 del 5 de agosto de 1.994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la citada Ley.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°- Modifícase el Presupuesto del Ejercicio 1.997, de la empresa SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) aprobado por la Resolución MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 111 del 23 de enero de 1.997 y modificado por su similar N° 710 del 20 de junio de 1.997, de acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

Art. 2°- Como consecuencia de las modificaciones dispuestas en el Artículo precedente, establécese el Presupuesto para el ejercicio 1.997 de SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) en las cifras que figuran en la planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

Art. 3°- Apruébase el Plan de Acción para el ejercicio 1.997 de SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 4°- Apruébase el Presupuesto de Caja y de Recursos Humanos para el ejercicio 1.997 de SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) adecuado a las modificaciones presupuestarias dispuestas por el Artículo 1°, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 5°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Roque B. Fernández.
 
 

ANEXOS