Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
PRESUPUESTO
Resolución 111/97
Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1991 de Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires S.A. (SEGBA S.A.) En Liquidación.
Bs. As., 23/1/97
VISTO el Expediente
080-006581/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS en el que se tramita la aprobación del
Presupuesto del ejercicio 1997 formulado por SERVICIOS
ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES (SEGBA S.A.) En Liquidación, el
área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las empresas y sociedades dcl Estado.
Que obra en el Expediente visto, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.
Que el Artículo N° 49 de la mencionada Ley y el Decreto Reglamentario N° 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la Ley N° 24.156 determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1°- Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1997 de SERVICIOS ELECTRICOS DEL GRAN BUENOS AIRES S.A. (SEGBA S.A.) En Liquidación, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución.
Art. 2° Estímase en la suma le PESOS CERO ($ 0) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS DOCE MIL ($ 1.412.000) los gastos de operación y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS UN MILLON CUATRO CIENTOS DOCE MIL ($ 1.412.000) de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.
Art. 3° -- Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS DOCE MIL ($ 1.412.000) los gastos corrientes y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS DOCE MIL ($ 1.412.000) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.
Art. 4°- Estímase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los Ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente Resolución, estimase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el ejercicio 1997 en PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS DOCE MIL ($ 1.412.000) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.
Art. 5° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese - Roque B. Fernández.