MlNISTERlO DE DEFENSA

 

Resolución N° 1054/92

 

Bs. As, 10/7/92

 

VISTO lo dispuesto por la Ley Nº 23.696, la Ley N° 24.045 y el Decreto Nº 1398/90 en lo que respecta a SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) y por el Decreto N° 185/92.

 

CONSIDERANDO:

 

Que atendiendo a la política prioritaria del Gobierno Nacional en materia de participación del capital  privado, multa procedente aprobar el Pliego de Bases y Condiciones que regirá el Concurso Subasta Público Nacional e Internacional para la privatización del paquete accionario mayoritario de NUEVA SIDERURGIA S.A.

 

Que igualmente resulta necesario confiar en el Interventor en la SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) la conducción general del Concurso-Subasta llamado por el Decreto N° 1.144 del 8 de Julio de 1992, dado que dicha empresa es el sujeto técnicamente más Idóneo para tal cometido.

 

Que es también conveniente autorizar al Interventor en la SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) a efectuar al Pliego de Bases y Condiciones que se aprueba por este acto las aclaraciones y adecuaciones que sean necesarias para llevar a término el presente Concurso Subasta.

 

Que resulta necesario que todo acto que el interventor en la SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) emita, al hacer ejercicio de sus facultades que se le conceden por esta Resolución, cuente con la debida difusión a fin de salvaguardar el principio de igualdad jurídica :de los participantes  en el referido Concurso - Subasta.

 

Que a los fines del proceso de privatización de SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) y en función de su importancia relativa dentro del mercado siderúrgico local resulta imprescindible que los futuro oferentes  con un cuadro de certidumbre Jurídica en cuánto a la extensión temporal de las relaciones jurídicas  que vinculan a SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) como proveedora de materia prima con otros productores locales.

 

Por ese motivo, con base en las recomendaciones del Sr. Procurador del Tesoro de la Nación del 24 de enero de 1983 se ha acordado la extinción de los derechos y obligaciones de los convenios y sus aprobados por los Decretos Nros 1296/67 y 1149/75 en la forma en que se establece en el Pliego que por esta Resolución se aprueba y en base a los documentos que se exhibirán a los Postulantes en la etapa oportuna del proceso del Concurso-Subasta.

 

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 185 del 24 de enero de 1992, el suscripto se haya facultado para dictar el presente acto.

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE DEFENSA

 

RESUELVE:

 

ARTICULO 1° -  Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones y sus Anexos que regirán el Concurso-Subasta Público Nacional e Internacional para la transferencia al sector privado del paquete accionario mayoritario de la empresa NUEVA SIDERURGIA S.A.

 

Fíjase el precio de venta del pliego en PESOS UN MIL ($ 1.000).

 

ARTICULO 2° - Estará a cargo del Interventor en la SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) la conducción general del Concurso-Subasta Público Nacional e Internacional.

 

Facúltase al INTERVENTOR en la SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) a efectuar al Pliego de Bases y Condiciones, todas las modificaciones en las fechas que componen su cronograma que sean necesarias o inconvenientes para llevara término el Concurso-Subasta Público convocado por el Decreto N° 1.144/92, siempre que dichas modificaciones respeten el orden establecido en dicho Pliego. Sin perjuicio de lo anterior, se autoriza al INTERVENIR en la SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) a expedir Circulares y todo acto que resulte necesario a los efectos de aclarar y/o completar las disposiciones contenidas en el mencionado Pliego, salvo aquellas referentes al Precio Base y al Contrato Definitivo de Transferencia que serán autorizadas por este MlNISTERlO.

 

Las facultades que se conceden por el párrafo anterior de este artículo, deberán ser ejercidas dentro del plazo de NOVENTA (90) días, acordándosele la debida difusión en salvaguarda del principio de Igualdad jurídica de los Postulantes y/u Oferentes.

 

ARTlCULO 3° - Regístrese. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Dr. ANTONIO ERMAN GONZALEZ. Ministro de Defensa.