MlNISTERlO
DE DEFENSA
Resolución
N° 1054/92
Bs. As, 10/7/92
VISTO lo
dispuesto por la Ley Nº 23.696, la Ley N° 24.045 y el Decreto Nº 1398/90 en lo
que respecta a SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) y por el Decreto N°
185/92.
CONSIDERANDO:
Que
atendiendo a la política prioritaria del Gobierno Nacional en materia de
participación del capital privado, multa
procedente aprobar el Pliego de Bases y Condiciones que regirá el Concurso Subasta
Público Nacional e Internacional para la privatización del paquete accionario
mayoritario de NUEVA SIDERURGIA S.A.
Que
igualmente resulta necesario confiar en el Interventor en la SOCIEDAD MIXTA
SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) la conducción general del Concurso-Subasta
llamado por el Decreto N° 1.144 del 8 de Julio de 1992, dado que dicha empresa
es el sujeto técnicamente más Idóneo para tal cometido.
Que es
también conveniente autorizar al Interventor en la SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA
ARGENTINA (SOMISA) a efectuar al Pliego de Bases y Condiciones que se aprueba
por este acto las aclaraciones y adecuaciones que sean necesarias para llevar a
término el presente Concurso Subasta.
Que resulta
necesario que todo acto que el interventor en la SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA
(SOMISA) emita, al hacer ejercicio de sus facultades que se le conceden por
esta Resolución, cuente con la debida difusión a fin de salvaguardar el
principio de igualdad jurídica :de los participantes en el referido Concurso - Subasta.
Que a los
fines del proceso de privatización de SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA)
y en función de su importancia relativa dentro del mercado siderúrgico local
resulta imprescindible que los futuro oferentes con un cuadro de certidumbre Jurídica en
cuánto a la extensión temporal de las relaciones jurídicas que vinculan a SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA
ARGENTINA (SOMISA) como proveedora de materia prima con otros productores
locales.
Por ese motivo,
con base en las recomendaciones del Sr. Procurador del Tesoro de la Nación del
24 de enero de 1983 se ha acordado la extinción de los derechos y obligaciones
de los convenios y sus aprobados por los Decretos Nros 1296/67 y 1149/75 en la forma
en que se establece en el Pliego que por esta Resolución se aprueba y en base a
los documentos que se exhibirán a los Postulantes en la etapa oportuna del
proceso del Concurso-Subasta.
Que en virtud
de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 185 del 24 de enero de 1992,
el suscripto se haya facultado para dictar el presente acto.
Por ello,
EL MINISTRO
DE DEFENSA
RESUELVE:
ARTICULO
1° - Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones y sus
Anexos que regirán el Concurso-Subasta Público Nacional e Internacional para la
transferencia al sector privado del paquete accionario mayoritario de la
empresa NUEVA SIDERURGIA S.A.
Fíjase el
precio de venta del pliego en PESOS UN MIL ($ 1.000).
ARTICULO
2° - Estará a cargo
del Interventor en la SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) la
conducción general del Concurso-Subasta Público
Nacional e Internacional.
Facúltase
al INTERVENTOR en la SOCIEDAD MIXTA SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) a efectuar al
Pliego de Bases y Condiciones, todas las modificaciones en las fechas que
componen su cronograma que sean necesarias o inconvenientes para llevara
término el Concurso-Subasta Público convocado por el Decreto N° 1.144/92, siempre
que dichas modificaciones respeten el orden establecido en dicho Pliego. Sin
perjuicio de lo anterior, se autoriza al INTERVENIR en la SOCIEDAD MIXTA
SIDERURGIA ARGENTINA (SOMISA) a expedir Circulares y todo acto que resulte
necesario a los efectos de aclarar y/o completar las disposiciones contenidas
en el mencionado Pliego, salvo aquellas referentes al Precio Base y al Contrato
Definitivo de Transferencia que serán autorizadas por este MlNISTERlO.
Las
facultades que se conceden por el párrafo anterior de este artículo, deberán
ser ejercidas dentro del plazo de NOVENTA (90) días, acordándosele la debida
difusión en salvaguarda del principio de Igualdad jurídica de los Postulantes
y/u Oferentes.
ARTlCULO
3° - Regístrese.
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. - Dr. ANTONIO ERMAN GONZALEZ. Ministro de Defensa.