CAJA DE SEGUROS S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES

AL 30 DE JUNIO DE 1999

PRESENTADAS EN FORMA COMPARATIVA CON EL EJERCICIO ANTERIOR

(cifras expresadas en pesos)

1. BASES DE PRESENTACION DE LOS ESTADOS CONTABLES

1.1. Reexpresión a moneda constante

Los estados contables reconocen los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda en forma integral hasta el 30 de junio de 1995, mediante la aplicación del método de reexpresión en moneda constante establecido por la Resolución Técnica N° 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. A partir del 10 de julio de 1995, de acuerdo con lo requerido por la Resolución N° 24.097, dictada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, la Sociedad discontinuó la aplicación del mencionado método, manteniendo las reexpresiones registradas hasta dicha fecha.

Este criterio es aceptado por las normas contables profesionales en la medida en que la variación en el índice de precios aplicable para la reexpresión no supere el 8% anual. La variación de dicho índice en los ejercicios cerrados el 30 de junio de 1999 y 1998 fue inferior al porcentaje mencionado.

1.2. Criterios de valuación

a) Disponibilidades, créditos y deudas:

- En moneda nacional: a su valor nominal.

- En moneda extranjera: se convirtieron a pesos de acuerdo con los tipos de cambio vigentes al cierre de cada ejercicio para la liquidación de estas operaciones.

b) Inversiones:

— Títulos públicos de renta, acciones con cotización: se valuaron de acuerdo con las cotizaciones vigentes al cierre de cada ejercicio, netas de los gastos estimados necesarios para su venta.

Al 30 de junio de 1999 los títulos públicos que se mantendrán en cartera fueron valuadas de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 23.808, dictada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que dispone que las tenencias de títulos públicos pueden ser valuadas, a opción de las aseguradoras, a su costo de adquisición más la diferencia de paridad resultante de comparar el precio del día de compra con el precio técnico del título, distribuida linealmente a lo largo de la vida del mismo más los intereses devengados, capitalizables o no, a la fecha de cierre del ejercicio.

— Obligaciones negociables: se valuaron a su valor de adquisición más intereses devengados al cierre de cada ejercicio.

- Acciones sin cotización: la participación en el Instituto del Seguro de Misiones S.A. al 30 de junio de 1999 y 1998 fue valuada de acuerdo con el método del valor patrimonial proporcional, calculado en base a los estados contables de la mencionada Sociedad a esas fechas.

Al 30 de junio de 1998 la Sociedad mantenía una participación en La Caja Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. que fue valuada de acuerdo con el método descripto en el párrafo anterior. Al 30 de junio de 1999 la Sociedad ya no posee esta inversión.

A partir de la vigencia de la Ley N° 25.063, los dividendos, en dinero o en especie, que la Sociedad reciba por sus inversiones en otras sociedades en exceso de las utilidades acumuladas impositivas que éstas mantengan al momento de su distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo. La Sociedad no ha efectuado cargo alguno por este impuesto al 30 de junio de 1999 por estimar que los dividendos provenientes de utilidades registradas mediante la aplicación del método del valor patrimonial proporcional no estarán sujetos a dicho impuesto.

— Fondos comunes de inversión: se valuaron al valor de las cuotapartes a las fechas de cierre de cada ejercicio.

- Depósitos a plazo: se valuaron a su valor nominal más el interés devengado a la fecha de cierre de cada ejercicio, convertidos, de corresponder, a pesos de acuerdo con los tipos de cambio vigentes a esas fechas.

- Operaciones de pase colocador: se valuaron al precio de adquisición más el devengamiento de la diferencia resultante de comparar el precio de ejercicio de las mencionadas opciones con el precio de adquisición.

- Fideicomisos financieros: al 30 de junio de 1999 se valuaron a su valor de adquisición más intereses devengados a dicha fecha.

c) Inmuebles y bienes muebles de uso:

Los inmuebles fueron valuados a su valor de incorporación al patrimonio reexpresado de acuerdo con lo indicado en la nota 1.1., menos las correspondientes depreciaciones acumuladas, calculadas aplicando sobre el costo de los bienes tasas anuales constantes establecidas en base a la vida útil estimada de los mismos. El valor contable de los inmuebles de la Sociedad, considerados en su conjunto, no supera su valor corriente estimado al 30 de junio de 1999 y 1998.

Los rodados de propiedad de la Sociedad fueron valuados a sus valores de mercado, de acuerdo con lo dispuesto por el reglamento de la Ley N° 20.091, dictado por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Los inmuebles en construcción y el resto de los bienes muebles de uso fueron valuados a su costo de adquisición o a su valor de incorporación al patrimonio reexpresado de acuerdo con lo indicado en la nota 1.1., menos, en su caso, las correspondientes depreciaciones acumuladas, calculadas aplicando sobre el costo de los bienes tasas anuales constantes establecidas en base a la vida útil estimada de cada bien.

d) Otros activos:

La Sociedad incluyó en este rubro, al 30 de junio de 1999 y 1998, 2.585.748 y 24.867, respectivamente, correspondientes a erogaciones efectuadas en concepto de publicidad, promociones e investigación y desarrollo, en virtud de planes estratégicos fijados por la Dirección de la misma, que se estima contribuyen a la generación de ingresos por doce meses, razón por la cual se los amortiza en ese plazo.

La Sociedad incluyó también en este rubro, al 30 de junio de 1999 y 1998, 1.647.580 y 3.162.789, respectivamente, correspondientes a los importes pagados en concepto de la construcción de las nuevas sucursales denominadas "Caja Express". Estos bienes edificados sobre inmuebles de terceros, fueron valuados a su costo de construcción, menos las correspondientes amortizaciones acumuladas, calculadas aplicando sobre el costo de los mismos tasas anuales constantes establecidas en base a su vida útil estimada.

Adicionalmente, al 30 de junio de 1999 y 1998, la Sociedad incluyó en este rubro, 1.938.172 y 2.249.628, respectivamente, correspondientes a los importes pagados en concepto de software de aplicación, los que fueron valuados a su costo de adquisición reexpresado de acuerdo con lo indicado en la nota 1.1., menos las correspondientes depreciaciones acumuladas, calculadas aplicando sobre el costo de los mismos tasas anuales constantes establecidas en base a su vida útil estimada.

e) Reserva para siniestros pendientes:

La Sociedad constituyó su reserva para siniestros pendientes al cierre de cada ejercicio de acuerdo con las disposiciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Al 30 de junio de 1999 y 1998 la Sociedad valuó los juicios correspondientes al ramo automotores de acuerdo con los requerimientos de la Resolución N° 24.874, dictada por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Los juicios correspondientes al resto de los ramos en que opera la Sociedad fueron valuados a esas fechas sobre la base del sesenta por ciento (60%) de los importes demandados informados por los asesores legales de la Sociedad, actualizados según los procedimientos vigentes y netos de la participación de los reaseguradores.

Al 30 de junio de 1999 y 1998 la reserva por desvíos de siniestralidad del ramo automotores ha sido determinada de acuerdo con la Resolución N° 24.874 y la Circular N° 3.608, dictadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Al 30 de junio de 1999 y 1998 la Sociedad mantiene neteando del rubro Deudas con asegurados 8.125.755 y 10.834.341, respectivamente, correspondientes al diferimiento de una parte del cargo por la constitución de la reserva por desvíos por siniestralidad al 30 de junio de 1997, en virtud de lo establecido por el artículo 6 de la Resolución N° 24.874 de la Superintendencia de Seguros de la Nación. El cargo a los resultados por los ejercicios terminados en esas fechas en concepto de amortización ascendió a 2.708.596 en cada uno.

f) Reserva para riesgos en curso:

La reserva para riesgos en curso ha sido constituida al cierre de cada ejercicio siguiendo el método de póliza por póliza, de acuerdo con lo dispuesto por el reglamento de la Ley N° 20.091, dictado por la Superintendencia de Seguros de la Nación, difiriéndose el riesgo efectivamente no corrido en base al total de las primas netas de anulaciones, reaseguros pasivos y gastos reales de producción. Las reservas así obtenidas resultan superiores a las que surgirían de aplicar las disposiciones del articulo 20 de la Resolución N° 22.762 de la Superintendencia de Seguros de la Nación y representan más adecuadamente la operatoria de la Sociedad. El organismo de contralor ha admitido el criterio seguido por la misma.

g) Impuesto a las ganancias:

La Sociedad determinó el impuesto a las ganancias al 30 de junio de 1999 aplicando la tasa vigente del 35% sobre la utilidad impositiva estimada de cada ejercicio, sin considerar el efecto de las diferencias temporarias entre el resultado contable y el impositivo.

El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido en 1998 por la Ley N° 25.063 por el término de diez ejercicios anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado que, mientras este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los cuatro ejercicios siguientes.

Al 30 de junio de 1999 el importe determinado en concepto de impuesto a las ganancias, de 5.350.268, fue superior al impuesto a la ganancia mínima presunta y se cargó a los resultados del ejercicio terminado en esa fecha en el rubro Impuesto a las ganancias.

Al 30 de junio de 1998 la Sociedad no contabilizó provisión para el impuesto a las ganancias por estimar que el cargo por dicho impuesto se compensa íntegramente con el beneficio del quebranto impositivo acumulado existente al inicio de dicho ejercicio.

h) Cuentas del patrimonio neto:

Se encuentran expresadas de acuerdo con lo indicado en la nota 1.1., excepto la cuenta Capital, que se ha mantenido a su valor de origen. El ajuste derivado de su reexpresión se expone en la cuenta Ajuste del capital.

i) Cuentas del estado de resultados:

Tal como se describe en la nota 1.1., a partir del 10 de julio de 1995 se discontinuó el método de reexpresión en moneda constante y por lo tanto, las cuentas del estado de resultados por los ejercicios terminados el 30 de junio de 1999 y 1998 se expresaron según sus valores de origen, excepto los cargos por consumo de activos no monetarios, cuyo valor se determinó en función de los importes ajustados de tales activos de acuerdo con lo indicado en la mencionada nota.

2. ESTADO DEL CAPITAL

El capital suscripto e integrado de la Sociedad al 30 de junio de 1999 y 1998 asciende a 56.000.000 y se encuentra inscripto en el Registro Público de Comercio.

Con fecha 9 de octubre de 1998 la Asamblea Ordinaria de Accionistas dispuso la absorción de resultados no asignados negativos por 3.149.422, utilizando con tal fin la cuenta Ajuste del capital.

3. SOCIEDADES DEL GRUPO ECONOMICO

La Sociedad es controlada por Caja de Ahorro y Seguro S.A. Al 30 de junio de 1999 y 1998 los saldos por operaciones con sociedades del mismo grupo económico al cual pertenece la Sociedad son los siguientes:
 
   
1999
1998
Denominación de las sociedades
Carácter de las sociedades
Inversiones
Otros Créditos
Deudas
Inversiones
Otros Créditos
Deudas
Caja de Ahorro y Seguro S.A. Controlante
25.841.068
1.216.989
4.700.008
945.815
72.228
271.655
9
155.876
   
Real Estate Holding S.A. Vinculada
44.116
-
 
CESVI Argentina S.A. Vinculada
413.700
265.335
La Caja Aseguradora de Riesgos del Trabajo A.R.T. S.A. Afiliada
280.707
7.556.503
76.680
 
Banco Mercantil Argentino S.A. Afiliada
78.847
-
78.720
Banco Caja de Ahorro S.A. Afiliada
 
854.607
Caja de Seguros de Vida S.A. Afiliada
102.785
701.250
La Caja de Seguros de Retiro S.A. Vinculada
494
   
 
685.355
26.303.416
1.217.483
8.021.830
5.628.886
1.800.422
 

4. NORMAS CONTABLES APLICABLES

a) La Sociedad preparó sus estados contables en base a las normas de exposición emitidas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que difieren de las normas contables profesionales por la no inclusión de información comparativa con el mismo período del ejercicio anterior en la información complementaria (anexos 1 a 14).

b) Tal como, se expone en la nota 1.2 e), al 30 de junio de 1999 y 1998 la Sociedad mantiene registrados 8.125.755 y 10.834.341, respectivamente, correspondientes a una parte del cargo por la constitución de la reserva por desvíos de siniestralidad al 30 de junio de 1997, neteando del rubro Deudas con asegurados, de acuerdo con lo establecido por la Resolución N° 24.874, emitida por la Superintendencia de Seguros de la Nación. Este saldo se amortiza trimestralmente, en función de la opción de cinco años de diferimiento estipulados por la mencionada normativa. De acuerdo con las normas contables profesionales dicho cargo debería haberse imputado a los resultados del ejercicio finalizado el 30 de junio de 1997.

5. COBERTURA DE COMPROMISOS CON ASEGURADOS

Al 30 de junio de 1999 y 1998 la Sociedad presenta superávit en su cobertura de compromisos con asegurados (articulo 35 de la Ley N° 20.091 y disposiciones complementarias) y cumple con los límites exigidos por el artículo 35 de la Resolución N° 21.523, dictada por la Superintendencia de Seguros de la Nación.

6. RESTRICCION SOBRE LOS RESULTADOS ACUMULADOS

De acuerdo con la Ley N° 25.063, los dividendos que se distribuyan, en dinero o en especie, en exceso de las utilidades impositivas acumuladas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la fecha de pago o distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo. Se consideran utilidades impositivas acumuladas a los efectos de este impuesto a las utilidades contables acumuladas al 30 de junio de 1998 menos los dividendos pagados más las utilidades impositivas determinadas a partir del 30 de junio de 1999.

7. SISTEMAS COMPUTARIZADOS - PROBLEMA AÑO 2000 (Nota no cubierta por el informe del auditor).

Con la aproximación del año 2000 se les plantean a las empresas de todo el mundo ciertos problemas por la incapacidad de muchos sistemas computarizados para reconocer algunas fechas. La Sociedad definió a tal efecto el "Proyecto Año 2000" tendiente a cumplir con las acciones requeridas para minimizar el impacto del cambio de milenio. Al 30 de junio de 1999 se finalizaron con éxito las pruebas de las funciones críticas del negocio.